miércoles, 29 de agosto de 2012

Hacienda no podra solicitar documentacion de ejercicios prescritos para investigar los no prescritos

Buenos días a todos, estamos en Agosto y se nota la disminución del volumen de trabajo, así que aprovechamos para ir poniéndonos al día de todas las novedades que van surgiendo durante julio y que es muy complicado seguir en el día a día.

Entre estas novedades, sin duda, una de las que es una buena noticia para el contribuyente es la sentencia de la Audiencia Nacional que comentamos bajo estas líneas.
Una sentencia de la Audiencia Nacional que anula el criterio del TEAC que permite a Hacienda solicitar datos o documentación de ejercicios prescritos cuyo resultado incurre en las declaraciones de ejercicios que no hayan prescrito.
La sentencia es consecuencia de un recurso presentado por una empresa a la que Hacienda requirió documentación para justificar unas pérdidas acumuladas que se aplicaron en el Impuesto de Sociedades y que procedían de ejercicios ya prescritos.
Tanto la AEAT como el TEAC, entendían que como la aplicación de las bases imponibles negativas se había realizado en un ejercicio no prescrito se podría proceder a revisar la procedencia de los resultados negativos anteriores aunque la declaración de éstos ya hubiera prescrito.